1. Inicio
  2. Noticias
  3. Opiniones
  4. Opiniones. Sobre el asunto plaza de España de Carmen Criado Alcázar: «¿Todo Atado y Bien Atado y…. Todo Consumado?»
Opiniones. Sobre el asunto plaza de España de Carmen Criado Alcázar: «¿Todo Atado y Bien Atado y…. Todo Consumado?»
0

Opiniones. Sobre el asunto plaza de España de Carmen Criado Alcázar: «¿Todo Atado y Bien Atado y…. Todo Consumado?»

1.35K
0

Nota de la Redacción.-Sobre el asunto Plaza de España, uno de los problemas más grandes que tiene nuestro municipio, en henareshoytv, llevamos bastante tiempo publicando entrevistas y opiniones de personas y corporativos que de algún modo intervinieron o están interviniendo actualmente en este asunto, dejando claro siempre por nuestra parte, que estas opiniones o informaciones que se facilitan, son responsabilidad exclusiva de los entrevistados/as, o como en este caso, del o de la abajo firmante.

¿TODO ATADO Y BIEN ATADO Y TODO CONSUMADO ?

Por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, con fecha 22 de marzo del 2018, aprobó, por mayoría absoluta 13 votos afirmativos, abstención del PP y voto negativo del Sr. Concejal no adscrito, el endeudamiento mediante un préstamo al Fondo de Impulso Económico del Ministerio de Hacienda por importe de 33.000.000€, con devolución en 12 años y 2 años de carencia, para el pago de 44 de los 51 o 60 títulos ejecutivos, Autos donde se fija la cuantía, correspondiente a 44 de las 51 o 60 Sentencias firmes recaídas en los distintos Juzgados Contenciosos- Administrativos de Madrid en los recursos planteados por los ex propietarios y ex socios de la Sociedad Plaza de España San Fernando SL, a partir de ahora Plaza de España contra el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, a partir de ahora Ayuntamiento, por responsabilidad patrimonial al no poder obtener los bienes pactados convenio de expropiación, – adjudicados en la Junta de Socios 19.6.2012-, por encontrase no construidos, estar hipotecados y embargados. De conformidad con nuestra información recogida de las manifestaciones del Equipo de Gobierno, esas 44 Sentencias no son las únicas faltan 7 o 16 más.

En principio, dicha decisión no parece injustificada, se diría que hay que pagarlas las 44 sentencias razón por lo que hay que habilitar los fondos pertinentes. Pero, ¿era necesario llegar a las señaladas sentencias para dar una solución a los ex propietarios? Juzguen ustedes mismos. Pero para ello, atienda a estos siguientes datos, y quién los refute, que lo intentaran sin duda, que no lo haga al uso acostumbrado de generalizaciones y, sobre todo, de descalificaciones personales, sino ofreciendo algo más de esfuerzo por respeto a la verdad.

Debemos de empezar:
– Una vez ejecutada la obra, a falta de la prueba de las instalaciones, por encontrarse retenida ilícitamente por las constructoras, Plaza de España, singulariza o individualiza los bienes, división horizontal, y retorna a los propietarios lo convenido y estos entregan las acciones a la Sociedad, al Socio Ayuntamiento se le adjudica el resto y sobre dichos bienes se designan los que se encuentran hipotecados de conformidad con las siete escrituras hipotecarias, Junta Extraordinaria de Socios de 19.6.2012, acuerdo sexto. Lo construido, que conforma la división horizontal y adjudicado en total es: 176 viviendas, 157 trasteros, 267 plazas de garaje, 51 locales comerciales de los cuales uno ocupa 1.500 m2 aproximadamente y otro 1000 m2 y un parking público de 606 plazas en total 1257 bienes de los cuales 3 87 se adjudican a los propietarios la propiedad y 870 al Ayuntamiento de los cuales 862 están hipotecados.

Por tener retenida la obra, no puede entregar las llaves ni inscribir en el Registro de la Propiedad y ve ahogada su Tesorería, no porque no tenga dinero sino porque el mismo no se encontraba disponible por ello y por imperativo legal, Plaza de España presenta primero, preaviso del concurso, y con fecha 15.10.2012 solicitud del concurso junto con dicha solicitud se acompaño el inventario de bienes de Plaza de España, que son los 870 bienes adjudicados, entre viviendas plazas de garaje, locales comerciales etc. al ya único socio el Ayuntamiento . Se admite por el Juzgado dicha solicitud con sus documentos con fecha 1,2.2013.

Y, según los trámites legales el Administrador Concursal tiene que presentar Informe al que debe de acompañar el inventario de bienes, los bienes de la concursada y los acreedores y sus deudas.

En ese momento, se va a produce un cambio en los gestores de Plaza de España y el Ayuntamiento y también, supuestamente, un cambio de criterio entre los socios de Plaza de España, propietarios y Ayuntamiento, en lugar de pedir medida cautelar al Juzgado de lo Mercantil para entrar a la obra , realizar la prueba de las instalaciones, inscribir en el Registro de la Propiedad y entregarles las llaves a los propietarios, y continuar, el concurso con los bienes reales de la Sociedad y propiedad del único socio el Ayuntamiento, pues se decide cambiar el inventario presentado con la solicitud el 15.10.2012 , y en su lugar, que recoja las tres fincas registrales, formadas en el año 2009, de suelo sin construir, con una proyección de obra nueva, es decir de lo que se va construir, y con una hipoteca sobre 862 bienes pero sin designar en que bien concreto se encuentra hipotecado y en correlativo, los propietarios, solicitan al Administrador Concursal su inclusión como acreedores, es decir, reclaman el precio de los bienes eso si adjudicados en la Junta de Socios 19.6.2012. El presunto dicho Acuerdo lo deben, supuestamente, aceptar Bankia, las Constructoras y las demás acreedores. Y, ello porque? Porqué el Administrador Concursal con fecha 12.4.2013, así lo plasmo en el Inventario de Bienes de Plaza de España consistente en las tres fincas registrales y las reclamaciones de los propietarios, en ese momento no las acepto porque consideró que todavía se podían entregar los bienes hasta el 30 de junio del 2013.

Ni el Ayuntamiento, ni los propietarios, ni la Sociedad, ni las constructoras, ni Bankia, ni ningún otro acreedor impugnó ni una cosa ni otra, ni nadie reclamo la entrega de la obra, ni la prueba de las instalaciones, ni nada de nada, que significaba, entre otras cosas, pues que el Ayuntamiento compró a los propietarios los bienes que Plaza de España les había adjudicado en la Junta de 19.6.2012 . Llegado el 30.6.2013, los propietarios ejecutan los avales, facilitándoles la documentación el Ayuntamiento, y desaparece de Plaza de España en dinero liquido la cantidad de 10.500.000€, entendemos que el primer pago de la compra. Ningún acreedor dice nada de nada.

Con fecha 13 de marzo del 2014, el AC presentó Informe junto con los textos definitivos, donde les reconoce a los socios propietarios como acreedores de la Sociedad, fijando la cuantía en global solicitada por ellos de 45.000.000€, pendiente de valorar, porque consideraba el Administrador Concursal que las tasaciones presentadas sostenían criterios dispares, en dicho informe hacía constar la ejecución de los avales. y evidentemente el Inventario de bienes las tres fincas registrales Mediante Auto de 21 de marzo de 2014, el Juzgado de lo Mercantil aprueba los textos definitivos del AC. Es decir, desde ese momento los 1.257 nuevas fincas construidas son propiedad del socio único de Plaza de España EL AYUNTAMIENTO..

El problema ¿ cómo lo pagan? en principio para comprarlos y pagarlos directamente por el Ayuntamiento debe de tener autorización de la Comunidad de Madrid y del Ministerio de Hacienda para endeudarse y obtener el dinero, cuestión dudosa que obtuviese una cosa u otra, y entonces para poder materializar el pago orquestan los recursos contenciosos-administrativos, cuya sentencias estimatorias son muy fáciles de obtener, si ambas partes están de acuerdo, Así, el Ayuntamiento se opone con carácter formal pero no material, reconocen que las casas para entregar no se pueden dar por que están hipotecadas, y además de conformidad con el Inventario del concurso ni siquiera están construidas, le atribuyen la responsabilidad a los gestores, que ya no están y comienzan con la campaña en los medios de comunicación, de la Plaza está embargada, Hipotecada. Tampoco, se opone el Ayuntamiento de forma material a las tasaciones que presentan los propietarios, realizadas en sitún por los peritos y según los mismos los bienes han sido reformados hace dos años, no que son de nueva construcción, de ahí las Sentencias cuyas ejecuciones de condena son las que motivan el Pleno de 22 de marzo del 2018.

Para obtener la financiación el Ayuntamiento del Fondo de Impulso Económico del Ministerio de Hacienda obligatoriamente Plaza de España tiene que ser una Empresa Pública y así fue reclasificada con fecha 1.5.2017, pero esta nueva circunstancia al Ayuntamiento se le ha olvidado decírselo al Juzgado del Concurso y, consiguientemente, los bienes, es decir, sobre los 1.257 fincas propiedad del Ayuntamiento este no tiene capacidad de decisión alguna y según lo aprobado en el Plan de Liquidación por el Juzgado de lo mercantil o lo vende por importe de 27.000.000€ o lo puede adjudicar a Bankia por su deuda 54.000.000€. Bajo mi modesto punto de vista ahí está la cuestión, ¿ qué hará el Ayuntamiento decirle al Juzgado que concluya el concurso porque por imperativo legal es una Empresa Pública y no puede estar concursada y tomar sus propias decisiones de comercialización sobre sus bienes o… no decir nada como hasta ahora y consentir que se los adjudique los 1257 a Bankia por 54.000.000€ cuando el Ayuntamiento por 387 va pagar según su valoración 65.000.000€ y Bankia solo tiene hipotecados 862 que son los que valen los 54.000.000?

En San Fernando de Henares a nueve de abril del dos mil dieciocho.
Fdo. Carmen Criado Alcázar

(1348)