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Un juez abre diligencias por el desalojo de una misa en una parroquia de San Fernando de Henares.
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Un juez abre diligencias por el desalojo de una misa en una parroquia de San Fernando de Henares.

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San Fernando de Henares 18/mayo/2020.- El Juzgado de Instrucción número de Coslada (Madrid) ha incoado diligencias previas por la interrupción el pasado 13 de abril de una celebración religiosa en la iglesia de San Juan y San Pablo de San Fernando de Henares, cuando se desalojó a los asistentes.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el juez acuerda la apertura de diligencias por un delito contra los sentimientos religiosos a instancias de una denuncia interpuesta por La Asociación Española de Abogados Cristianos. Contra esta resolución, cabe la interposición de un recurso de reforma.

Recordemos que los hechos versan sobre la actuación de la Policía Nacional cuando procedió al desalojo de cinco feligreses y el sacerdote que celebraban una misa, al comprobar que no llevaban mascarillas ni guantes, por lo que consideraron que era mejor que terminara la actividad para preservar la salud pública. No se interpuso ninguna sanción a los asistentes.

La Asociación Española de Abogados Cristianos, que interpuso la denuncia, alega que la asistencia a los lugares de culto está permitida según el Real Decreto si no hay aglomeraciones.

Jose M. FRANCO Delegado del gobierno en Madrid

Este colectivo denunció al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por un posible delito de «interrupción de culto» recogido en el artículo 523 del Código Penal al considerar que «los policías que llevaron a cabo dicha operación actuaron cumpliendo sus instrucciones».

Por su parte, el magistrado señala en la resolución judicial que «de los hechos que resultan de las anteriores actuaciones presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal«.

Según consta en el auto, el juez oficia a la Policía Nacional para que informen de la intervención llevada a cabo el pasado 13 de abril en la Iglesia de San Juan y San Pablo de San Fernando de Henares  ese día.

Polonia Castellanos -Asociacion de abogados Cristianos
Polonia Castellanos – Asociación de abogados Cristianos.

La organización de juristas ha señalado que el propio Real Decreto por el que se declara el estado de alarma dice textualmente en su artículo 11: «La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro».

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha defendido que «en el Real Decreto hay un anexo en el que se detalla de forma exhaustiva la relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida, entre las que no se encuentran las iglesias u otros lugares de culto análogos».

Castellanos recuerda que «el de San Fernando de Henares no es un caso aislado», indicando que «han presentado más de una decena de denuncias en distintas partes de España por actuaciones similares».

Destaca por ejemplo «la interrupción de una celebración en la Catedral de Granada o en la de Valladolid, así como en la Iglesia de San Jenaro en Madrid, entre otras». Y recuerda que «ya se han abierto diligencias por otro caso similar en Murcia, también gracias a nuestra denuncia».

«Consideramos que estas interrupciones de ceremonias religiosas que han tenido lugar durante el estado de alarma son un abuso por parte del Gobierno, que está utilizando la situación para imponer su agenda laicista», ha criticado Castellanos.

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