La Policía Nacional detiene a una mujer por ocupar la vivienda de su vecina a la que dio por fallecida.
OCUPACIÓN ILEGAL DE VIVIENDAS | 3-mayo-2021.- | Con la aplicación del «Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante la ocupación ilegal de inmuebles» la Policía Nacional de Alicante ha mejorado su respuesta ante las ocupaciones de viviendas. Así, los Agentes de este cuerpo en Alicante, han detenido a una mujer de 22 años de edad por ocupar la vivienda de su vecina. Las patrullas de Policía Nacional atendieron a la llamada de una mujer de 81 años de edad, que al volver a su vivienda habitual encontró que la cerradura había sido cambiada. La mujer explicó a los agentes que tuvo que irse temporalmente de su casa para recibir tratamiento médico por una grave enfermedad y al volver a su domicilio no podía entrar.
Los agentes del Grupo Operativo de Respuesta de la Comisaría Norte y de la UPR-Motos descubrieron que la vivienda se encontraba ocupada por una de sus vecinas. Esta, la joven ocupa, justificó el hecho diciendo que antes vivía con su madre en otro piso del mismo edificio, pero que la relación con ella -su madre- se había vuelto insoportable por lo que, pensando que su vecina había fallecido, pagó 500 euros a un hombre para que le abriera la puerta del domicilio para ocuparlo ilegalmente.
Los agentes comprobaron la titularidad de la vivienda, la cual pertenecía a la víctima, y se entrevistaron con los testigos y las personas implicadas. Todos ellos corroboraron lo relatado por la anciana mujer. Una vez comprobada la veracidad de los hechos, la joven accedió a desalojar la vivienda voluntariamente y fue detenida por los agentes por un delito de allanamiento de morada.
La Policía Nacional de Alicante consiguió que la víctima recuperara su vivienda intacta y la detenida, de nacionalidad española y sin antecedentes, fue puesta a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de la misma localidad.
Con la aplicación del Protocolo
La Policía Nacional de Alicante ha incrementado su respuesta ante las ocupaciones de viviendas con la aplicación del «Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles», en vigor desde septiembre de 2020.
En la página del Ministerio de Interior se define éste Protocolo y dice textualmente «el fenómeno de la ocupación recibe una respuesta diferenciada en el Código Penal en función de si el inmueble constituye o no la morada de su titular. Pero, en base a la jurisprudencia en la materia, la instrucción del Ministerio del Interior subraya que tanto la primera como la segunda vivienda (cuando el morador ocupa el inmueble solo en determinadas épocas del año, como fines de semana o vacaciones) deben considerarse moradas, por lo que cuentan con la misma protección legal».
En ambos supuestos, por lo tanto, son de aplicación artículos 202 y siguientes del Código Penal que recogen el delito de allanamiento. El texto señala que se trata de un delito doloso, de simple actividad y de carácter permanente.
En consecuencia, «tanto en el caso de primera como de segunda vivienda, y constatado por cualquier vía un allanamiento, el protocolo establece que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) podrán proceder, sin necesidad de solicitar medidas judiciales, caso de delito flagrante, directamente y de forma inmediata al desalojo e identificación de los ocupantes, así como a su detención si procede.»
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