El Ayuntamiento de San Fernando de Henares, inicia una campaña para difundir la normativa que regula el uso de Patinetes eléctricos en el municipio
San Fernando de Henares | 18/enero/2024 | El Ayuntamiento de San Fernando de Henares, pone en marcha una campaña informativa sobre el uso de los patinetes eléctricos. A través de esta campaña se pretende concienciar a la ciudadanía sobre su responsabilidad en el uso de estos Vehículos de Movilidad Personal, ya que este es un medio de transporte cada más habitual en el municipio.
Conviene destacar, que ante la falta de una ordenanza municipal local, el uso de este tipo de vehículos se rige en San Fernando de Henares, por la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre) y Reglamento General de Circulación.
Normativa para el uso de patinetes eléctricos
-Es obligatorio circular por el carril bici y las calzadas, siempre lo más próximo/a al borde derecho y respetando el sentido de la circulación. Está prohibida la circulación en aceras y zonas peatonales.
-Es recomendable el uso del casco, así como el uso de ropa reflectante (obligatoria durante la noche o con visibilidad reducida).
-Está prohibido circular con auriculares y utilizando el teléfono móvil. El uso de cualquiera de los dos aparatos conlleva multa de 200 euros.
-Solo puede circular una persona en el vehículo. El uso del patinete por más de una persona conlleva multas de 100 euros.
-Para infractores menores de edad, serán sus progenitores quienes respondan por ellos/.
-Hay obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas. Las sanciones serán las mismas que para el resto de conductores.
-La velocidad máxima de circulación es de 25 kilómetros por hora.
-Los usuarios de VMP deben portar DNI, documentación del vehículo y certificado de circulación.
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