La Asociación El Molino, continúa informando a los vecinos de San Fernando de Henares y demás usuarios de la lïnea 7B de Metro, “CUÁL ES EL POSICIONAMIENTO DE LA JUSTICIA MADRILEÑA HASTA EL MOMENTO, EN RELACIÓN AL GRAVE PROBLEMA DE LA LÍNEA 7 DEL METRO EN SU TRAMO FINAL DE SAN FERNANDO DE HENARES”.
LÍNEA 7 DEL METRO: EL CARMEL MADRILEÑO (III) LA JUSTICIA MADRILEÑA, A TRAVÉS DEL TSJ DE MADRID, SE HA PRONUNCIADO EN AL MENOS TRES OCASIONES RESPECTO DE ESTE ASUNTO. EN NINGUNA DE ELLAS HA DADO LA RAZÓN A LAS PARTES RECLAMANTES. EXPLICAMOS AHORA EN QUÉ SE BASA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID PARA RECHAZAR LA RECLAMACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPORTES POR VICIOS OCULTOS EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA A DRAGADOS SA, EN UNA MUY RECIENTE SENTENCIA. DADO QUE LOS RAZONAMIENTOS JURÍDICOS SE BASAN TODOS EN INFORMES EMITIDOS (HASTA MEDIA DOCENA) POR PERITOS DE LAS PARTES Y QUE LOS DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPORTES NO FUERON SOMETIDOS A CONTRADICCIÓN, VAMOS A EXPLICAR RESUMIDAMENTE EN QUÉ SE BASAN LOS MISMOS Y POR CUÁLES SE DECANTA LA SECCIÓN DEL TSJM. TODO PARECE INDICAR QUE LA CAUSA QUE DIO LUEGO ORIGEN A LOS PROBLEMAS, SE DEBE AL CAMBIO DEL TRAZADO EN EL TRAMO FINAL DE LA LÍNEA PARA CONECTAR CON EL HOSPITAL DEL HENARES. ELLO OBLIGÓ A BAJAR LA PROFUNDIDAD DEL TÚNEL, LAS ESTACIONES Y LOS POZOS. POR OTRA PARTE, NO FUERON DETECTADOS SIGNIFICATIVAMENTE PROBLEMAS DE TERRENOS SALINOS O SIMPLEMENTE FUE IGNORADO, SIN PERDER DE VISTA TAMPOCO QUE, SEGÚN ALGUNO DE LOS INFORMES, EN EL MUNDO DE LA INGENIERÍA CIVIL DE TÚNELES, SE DESCONOCÍA O NO HAY REGISTROS CIENTÍFICOS DE RIESGOS ASOCIADOS A TERRENOS SALINOS.
EN CUALQUIER CASO, AHORA SÍ SE SABE QUE EL TRAZADO DEL METRO EN ESTA ZONA ESTÁ CONSTRUIDO SOBRE UN LECHO YESÍFERO DE CONTENIDO SALINO QUE, INFILTRADO POR EL AGUA, PROVOCA UNA KARSTIFICACIÓN GRAVE. AL PARECER, TAMPOCO HABÍA EXPERIENCIA DE OTRAS OBRAS DE METRO EN TERRENOS DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS SALVO EN LA ZONA DE LAS PEÑUELAS EN MADRID, DONDE SE HA DADO UN CASO PARECIDO. ESQUEMA DE LA DISPOSICIÓN DE UN POZO DE BOMBEO Y BOCA DE VENTILACIÓN PARECIDO AL QUE SE HA CONSTRUIDO EN EL PK 7+422 DE LA CALLE RAFAEL ALBERTI. DADO QUE LA IMPERMEABILIDAD TOTAL DEL TÚNEL ES IMPOSIBLE, EN VARIOS TRAMOS SE RECOGEN LAS FILTRACIONES A UN CANAL A TRAVÉS DEL CUAL SE DRENA EL AGUA QUE LUEGO ES RECOGIDA EN EL POZO Y BOMBEADA A LA RED DE SANEAMIENTO GENERAL. FUE PRECISAMENTE EL EDAR DE CASAQUEMADA QUIEN EN 2008 (LA LÍNEA FUE INAUGURADA EN MAYO DE 2007), ALERTÓ A MINTRA DE LA ALTA CONDUCTIVIDAD DEL VERTIDO PROCEDENTE DE ESTE POZO. ESQUEMA DE UN TÚNEL HECHO MEDIANTE LA PERFORACIÓN DE TUNELADORA. A MEDIDA QUE ÉSTA AVANZA, VA COLOCANDO UNAS GUÍAS ANILLADAS MEDIANTE PIEZAS PREFABRICADAS DENOMINADAS DOVELAS. ENTRE LA CABEZA DEL CORTE Y LAS DOVELAS, QUEDA UN INTERSTICIO O GAP QUE DEBE SER RELLENADO Y SELLADO JUNTO CON LAS PROPIAS DOVELAS. LA RECLAMACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPORTES SE BASA PRECISAMENTE EN QUE DRAGADOS SA EJECUTÓ INCORRECTAMENTE ESTE TRABAJO, LO QUE PROVOCÓ LA FILTRACIÓN DEL AGUA Y SU CONDUCCIÓN AL POZO DE BOMBEO A TRAVÉS DEL PROPIO TÚNEL, PROVOCANDO CON ELLO TAMBIÉN EL DESPLAZAMIENTO DE LAS DOVELAS. POR EL CONTRARIO, DRAGADOS SA ACHACA EL PROBLEMA AL INAPROPIADO DISEÑO DEL POZO DEL BOMBEO, YA QUE NO SE IMPERMEABILIZÓ SINO QUE SE CONSTRUYÓ MEDIANTE PANTALLAS DE PILOTES SEPARADOS, HABIÉNDOSE DETECTADO LAS FILTRACIONES POR LAS JUNTAS DE LOS MISMOS. EL TSJM BASA SU FALLO PRECISAMENTE EN ESTA CIRCUNSTANCIA: EL ORIGEN DEL PROBLEMA ESTÁ EN EL DEFICIENTE DISEÑO DEL POZO DE BOMBEO MEDIANTE PANTALLA DE PILOTES Y POR LO TANTO PERMEABLE Y NO ESTANCO. UN PROBLEMA AÑADIDO HA RESULTADO SER TAMBIÉN LA NO DETECCIÓN DE POSIBLES FILTRACIONES DEL NIVEL FREÁTICO DEL RÍO JARAMA. COMO PUEDE VERSE, LA DIFERENCIA DE COTA ES DE APENAS 20 METROS ENTRA LA DEL RÍO (560) Y LA DE LA CALLE RAFAEL ALBERTI (580). SI SE TIENE EN CUENTA QUE EL POZO TIENE UNA PROFUNDIDAD DE 30 METROS HASTA SU CLAVE Y 41 HASTA SU BASE, LA CONEXIÓN CON LA CORRIENTE DEL PROPIO RÍO O EL ACUÍFERO PARECE EVIDENTE. DESDE LUEGO EN VARIOS INFORMES ASÍ SE AFIRMA. LA PRESENCIA DE AGUA CON SALES DISUELTAS NO SE DA SOLAMENTE EN EL ENTORNO DEL POZO, SINO QUE TAMBIÉN HAN APARECIDO EN TODAS LAS ESTACIONES DEL RECORRIDO: S.F. HENARES, JARAMA E INCLUSO LA DEL HOSPITAL. EN LAS FOTOGRAFIAS PUEDEN APRECIARSE ACUMULACIONES DE AGUA Y SALES PROCEDENTES DE FILTRACIONES BAJO LOS VESTÍBULOS DE LAS ESTACIONES Y EN LOS SÓTANOS DEL ANDÉN.
UN FALLO JUDICIAL APELADO PERO CONTUNDENTE.
El fallo judicial del TSJM anulando la Orden de la Consejería de Transportes que acordaba la reclamación contra Dragados por vicios ocultos en la ejecución de la obra de este tramo de la línea, es recurrible obviamente, pero para el Tribunal Superior no admite dudas: los problemas sobrevenidos sobre la estabilidad del túnel y las subsidencias del terreno se deben a un deficiente diseño del pozo de bombeo de la calle Rafael Alberti. En el Fudamento que da lugar al fallo no hay duda para el Tribunal:
«La conclusión no puede ser otra que diseñado el pozo de bombeo como permeable permitió que el agua comenzara a filtrarse por el mismo cuando MINTRA empezó a bombear agua que disolvió el terreno alrededor del pozo y por debajo del túnel, lo que provocó el movimiento del mismo, abriéndose sus juntas al atacar las aguas salinas el mortero del gap y acelerando el proceso de karstificación que se desató, lo cual evidencia que la causa del problema radicó, efectivamente, en el diseño de permeabilidad del pozo, cuya responsabilidad no puede atribuirse a Dragados SA, sino a MINTRA que supervisó y aprobó el modificado del proyecto que incluía la ejecución del pozo de bombeo como permeable, lo que reveló un defecto del proyecto determinante de la inundación del túnel. No cabe imputar a Dragados SA una mala ejecución del túnel, que no solo no ha quedado en modo alguno acreditada, sino además porque en el proyecto de la obra tampoco se recogía la permeabilización del túnel, de manera que la causa de la ruina producida fue el defecto del proyecto consistente en no tener en cuenta singularidades del terreno que exigía un pozo impermeable en lugar del que se diseñó y ejecutó conforme al proyecto de la obra.»
¿QUÉ PASARÁ AHORA?
Este fallo tiene al menos una virtualidad, y es que va en sentido contrario al fallo desestimatorio de la reclamación ejercida por varias comunidades de propietarios de los bloques de las calles próximas al pozo, y dictada también por el TSJM de lo Contencioso pero en febrero de 2015.
No obstante lo cual, no hay garantías ni precedentes conocidos al parecer acerca del comportamiento que los procesos de karstificación puedan tener sobre el túnel porque no se conoce ni su extensión ni su profundidad. Y a pesar de que todas las instalaciones de la zona están debidamente monitorizadas, la evolución de la estabilidad del túnel en algunas zonas no puede ser predecible. Entre otras razones, porque depende también de otras circunstancias aleatorias como pueden ser fuertes lluvias o escorrentías por tormentas que se filtren por nuevas oquedades abiertas como consecuencia de la remoción de la tuneladora. En algunos informes han sido apreciados huecos a determinada profundidad de más de dos metros de altura. Es como si el túnel estuviera en algunos tramos levantado sobre arenas movedizas, sin que sea posible predecir a un cien por cien que el lecho salino sobre el que se sustenta sea totalmente estable en un futuro en las condiciones actuales; o que lo será en el caso de que un fenómeno atmosférico como prolongadas o fuertes lluvias, no altere irreversiblemente esa estabilidad. Próxima información de la Asoc. El Molino: EL DEBATE POLÍTICO SOBRE EL CASO: ¿QUÉ SOLUCIONES OFRECEN LOS GRUPOS ANTE LAS PRÓXIMAS ELECCIONES LOCALES?
ASOCIACIÓN CÍVICO CULTURAL EL MOLINO DE SAN FERNANDO- Nº REG. CAM 15.548
(2007)