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Izquierda Unida valora la situación en la que se encuentra actualmente el caso Plaza de España.

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Sofía Díaz, Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, hace una valoración de la situación legal en la que se encuentra la Plaza de España de San Fernando de Henares, después del Fallo del Juez conocido hace unos días, contra en el que no cabe recurso….aasofia-plz-espana

¿ y ahora qué ?.

Con la última decisión judicial, el recinto que pasará a manos del fondo de los llamados “buitre”, incluye 176 viviendas, 157 trasteros, 267 plazas de garaje, 51 locales comerciales y un aparcamiento subterráneo de 606 plazas. El Ayuntamiento actual está compuesto por cinco ediles de San Fernando Sí Puede(Podemos), que gobiernan en minoría; cinco del PP; cinco del PSOE; cuatro de IU, uno de España 2000; y uno no adscrito. El Consistorio actual argumenta que no es posible la aportación de la plaza a una sociedad limitada, sujeta a normas mercantiles, porque estas no son compatibles con el derecho público por el que se rigen tales bienes públicos.

En el auto recurrido, el juez rechaza las quejas municipales de que el precio por el que se va a vender la plaza (27,5 millones de €) es muy inferior al fijado en el inventario. El valor de los bienes en liquidación concursal, explica el magistrado, no coincide “en modo alguno” con el valor de mercado ni con el valor contable, que puede bajar de una forma “muy relevante” al no existir más ofertas. En este caso solo una, la del fondo de inversión.

El Consistorio lo sabía
En cuanto a la idoneidad de la venta, el juez dice que aunque el Ayuntamiento actual es diferente al que acometió la expropiación en 2008, consiguiendo la cesión de los inmuebles por parte de los vecinos, locales, viviendas y terrenos, todo ello era perfectamente conocido tanto por la propia PESF como por el Ayuntamiento actual y el gobierno de SFHSP de Catalina Rodríguez. Por lo tanto, ni el anterior ni el actual Consistorio pueden “alegar desconocimiento respecto a la situación fáctica y real de lo enajenado”.
Sobre todo porque “lo ejecutado y rehabilitado” ha sido realizado por contratas seleccionadas por PESF, de cuyo accionariado forma parte el propio Ayuntamiento. Con estos razonamientos, el juzgado de lo mercantil ha desestimado los recursos de reposición presentados. La resolución es definitiva.

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