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España2000 reclama regular la venta ambulante en las Fiestas Patronales de Velilla.
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España2000 reclama regular la venta ambulante en las Fiestas Patronales de Velilla.

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Velilla de San Antonio. El Grupo Municipal España2000 de Velilla de San Antonio, ha registrado una moción que defenderá el próximo día 18 de septiembre en sesión plenaria relativa a regular la venta ambulante en los puestos de bisutería. Estos puestos, en los que se permite el ejercicio de actividades como el top manta y la venta de todo tipo de productos, no tienen  ningún control por parte del Ayuntamiento en la correspondiente ordenanza.

España2000 presenta esta moción después de revisar la Tasa Nº 10 que regula la venta de productos en la vía pública, en la que se controla que los comerciantes que quieren ejercer esa práctica, lo haga demostrando que es trabajador autónomo o por cuenta ajena, estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y estar al corriente del pago del impuesto o un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles riesgos derivados del ejercicio de la actividad, entre otras responsabilidades legales.

Todos estos requerimientos son exigidos a los vendedores ambulantes que ejercen esta actividad de forma esporádica, pero inexplicablemente no se hace a comerciantes que ejercen esta actividad de localidad en localidad a lo largo de toda la temporada de festejos en gran parte de nuestra geografía.   Según explican desde la formación, “la forma de proceder desde el Ayuntamiento es que los solicitantes entreguen a Policía Local un DNI o NIE, en el caso de ser extranjero, y estos les facilitarán un número de puesto. Con ese número se presentarán en el área de recaudación del consistorio para abonar un máximo de 150€ en función de las dimensiones del puesto. Esta cuantía tampoco viene actualizada en la citada ordenanza”

Pedro Jesús Espada, Portavoz de España2000 en el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, ha manifestado: “nos parece una temeridad que no se garantice la legalidad de la mercancía, o que no se exija un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños de posibles accidentes que puedan originarse durante la instalación, el uso o la retirada de los puestos”. Y añade: “los comerciantes utilizan grupos electrógenos para abastecer de energía eléctrica sus puestos, ¿quién se haría responsable en caso de incendio?”

 

 

    

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