
Asociación El Molino: Crónica de Un expolio II .- Por qué hemos llegado a esto-.
San Fernando de Henares.– les ofrecemos la Segunda parte de la crónica publicada por la Asociación Civico Cultural El Molino, referente a como « LA DESPATRIMONIALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO SE PRODUJO DE FORMA ALEVOSA EN VARIOS PERIODOS. UNO PRIMERO QUE PODEMOS DATAR ENTRE 1936 Y 1963. Y EL SEGUNDO ENTRE 1996 Y EL AÑO 2008. ACOMPAÑADA ESO SÍ DE LA CASI TOTAL DESTRUCCIÓN DE EDIFICIOS E INSTALACIONES QUE TUVIERON SU ÚLTIMO HITO EN LOS AÑOS SESENTA CUANDO FUE DEMOLIDA LITERALMENTE LA QUE ERA LA REAL CASA DE ADMINISTRACIÓN PARA LEVANTAR LO QUE HOY ES EL COMPLEJO DEL COLEGIO EL PILAR.»
POR QUÉ HEMOS LLEGADO A ESTO: CRÓNICA DE UN EXPOLIO (II)
ARRIBA, EN ROJO, LAS PROPIEDADES QUE PERDIÓ EL AYUNTAMIENTO EN EL PRIMER PERIODO. ABAJO, EN AMARILLO, LO QUE SE HA PERDIDO EN EL SEGUNDO PERIODO. EN ESTE ÚLTIMO SE PRODUJO LA PÉRDIDA DE LA PLAZA DE ESPAÑA NADA MENOS.
CUANDO EN LOS AÑOS SESENTA FUE OBJETO DE UNA DENUNCIA ESTE EXPOLIO EJECUTADO AL MARGEN DE TODA LEGALIDAD, LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE ENTONCES ALEGARON AL REQUERIMIENTO DE LA INSPECCIÓN ENVIADA POR EL GOBERNADOR CIVIL, QUE TODO SE HABÍA HECHO AL AMPARO DE LO PREVISTO EN ARTÍCULO 113 DE LA LEY MUNICIPAL DE LA II REPÚBLICA DE 1935. LOS INSPECTORES NO DABAN CRÉDITO A LO QUE LES ESTABAN CONTANDO LOS RESPONSABLES MUNICIPALES DE ENTONCES PUES, AUN ADMITIENDO ESO, EL ARTÍCULO CITADO NO EXIMÍA LÓGICAMENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD TAMPOCO.»
Fueron requeridos de los vecinos favorecidos por estas cesiones gratuitas, a acreditar documentalmente las mismas y algunos presentaron incluso títulos formalizados ante el Juzgado y algunos llevaban fecha incluso de 1936. Otros carecían de ellos. De esta forma, las autoridades municipales franquistas justificaban que las cesiones gratuitas de los terrenos se hizo en aplicación de la Ley Municipal de la II República y más concretamente de lo previsto en su artículo 113.
Los inspectores constataron también que entre los beneficiados estaba el propio alcalde y algunos concejales así como el secretario. Este último justificó que en realidad la había comprado a unos de los vecinos beneficiados en 1944.
Concluyeron pues que las cesiones se habían hecho al margen de toda legalidad y que el Ayuntamiento había dilapidado todo el patrimonio cedido por el Estado en 1888. También indicaron en sus actas que los hechos fueran puesto en conocimiento del juzgado, al tiempo de sugerir que el propio Ayuntamiento incoara un expediente de responsabilidad civil contra las autoridades y funcionarios que habían causado aquel gravísimo perjuicio al patrimonio municipal.
Comprobaron también que no existía Libro de Caja en el Ayuntamiento y por lo tanto no se registraba la entrada de esos importes. Por su parte, todos los números de orden de los mandamientos de pago estaban también raspadas y manipulados. Los inspectores concluyeron que la mayoría de los jornales pagados adolecían de raspaduras o enmiendas que indicaban que habían sido manipulados todos ante la llegada de la inspección. También en este caso proponían que se incoara expediente de responsabilidad contra las autoridades y funcionarios y se pusiera todo en conocimiento de la Dirección General de Empleo para que adoptara a su vez medidas. En realidad, los documentos del paro manipulados acabaron en el Juzgado de Alcalá, sin que sepamos no obstante cómo acabó el asunto.
Del Servicio de Intervención el informe de la Inspección concluye que en esta materia existía en el Ayuntamiento el caos más completo y desastroso. Dicen los inspectores que se hacían los ingresos cuando se quería y se contabilizaba de la misma forma. Los libros oficiales no estaban al día y faltaban asientos desde el 31 de agosto (la inspección se inició a primeros de septiembre). No se hacían padrones fiscales ni matrículas y tampoco se contabilizaban las resultas.
Se afirma también en el informe, que la ordenación de los gastos y los propios pagos los realizaba el alcalde, que era un capitán de la legión retirado que había tomado posesión desde enero de 1963 y al que la inspección califica de «excelente persona llena de la mejor voluntad». Era él mismo quien realizaba los pagos personalmente en algunos casos sin libramientos, porque no confiaba en el Tesorero.
Aunque exhibieron un arqueo de caja de 31 de agosto que decía que el Ayuntamiento tenía entre la caja, la cuenta corriente en el Banco de España y las subvenciones del paro obrero más de 175.000 pesetas, sin embargo la inspección constató el día de la visita en septiembre, que en la caja no había tal dinero y que el correspondiente al paro obrero (30.686,44 pesetas) tampoco aparecía.
En fin, las actas de la inspección siguen constatando el formidable caos y desorganización municipal en su funcionamiento, también en materia de recaudación, para lo que tenían contratada a una persona que, al igual que en el caso del Secretario, también lo era de Coslada. La situación del Recaudador era tan insostenible que la Inspección propuso la revocación de su contrato y la contratación de otro nuevo a través de un concurso. Dos años después de aquella decisión, la recaudación municipal se multiplicó por cuatro.
El informe de la Inspección termina con toda una serie de instrucciones a las autoridades municipales para tratar de poner orden en medio de todo el espantoso caos organizativo y administrativo.
ASOCIACIÓN CÍVICO CULTURAL EL MOLINO DE SAN FERNANDO- Nº REG. CAM 15.548
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