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La Asociación el Molino, informa y analiza un reciente Auto de la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid sobre Plaza de España.
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La Asociación el Molino, informa y analiza un reciente Auto de la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid sobre Plaza de España.

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ASOCIACIÓN CÍVICO CULTURAL EL MOLINO DE SAN FERNANDO- Nº REG. CAM 15.548 
«DEMANDA DEL INCIDENTE CONCURSAL PRESENTADO POR TODOS ELLOS EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE PESF SL EN 2017, QUE AHORA ACABA DE ZANJAR UN AUTO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL.»

VARAPALO JUDICIAL

«Un reciente Auto de la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, ha venido a zanjar de forma contundente toda una descabellada teoría vendida con insistente matraca por los actores arriba referidos, en el sentido de que en el concurso de acreedores de PESF SL debía de ser modificado tanto el inventario de bienes como la lista de acreedores porque – según la ex secretaria de la mercantil ahora en liquidación que también actuaba en este incidente como dirección letrada de todos los demás -, tanto la junta de partícipes celebrada el 19 de junio de 2012 como una sentencia del Juzgado 8 de lo Mercantil a resultas de una impugnación de dicha junta promovido por uno de los socios, incidían en dicho procedimiento concursal de forma decisiva.

Dicha sentencia anuló efectivamente parte de los acuerdos de la junta pero no los demás puntos del orden del día. Lo que ha dado lugar a que la ex secretaria de PESF SL y todo el que ha querido comprarle el argumento, monte toda una causa belli contra un montón de codemandados, desde el Administrador concursal pasando por el Ayuntamiento e incluso contra el Ministerio de Hacienda «ad cautelam», en un ejercicio abusivo y tratando de obtener una suerte de confirmación judicial a toda una serie de decisiones adoptadas por los entonces administradores de la sociedad, contando precisamente con el asesoramiento de la propia ex secretaria pero que, como se ha revelado ahora, eran absolutamente descabellados.

En efecto, la ex secretaria, y con ella los acompañantes incluidos los dos concejales actuales que le han comprado el relato, han recibido un varapalo judicial poniendo la Audiencia Provincial negro sobre blanco en buena parte de la inconsistente demanda, que solo tenía por finalidad tratar de presentar lo que no era más que un pronunciamiento judicial del Juzgado 8 de lo Mercantil sobre la junta celebrada el 19 de junio de 2012, (donde se llegó incluso a acordar la disolución de la sociedad y la entrega de sus bienes a los socios, sin contar con los acreedores ni constituir una reserva legal como indican los estatutos), argumentando que la misma tiene alcance de convalidación de lo acordado en dicha junta y, por ende y a partir de eso, arrumbar con el concurso (que ya está en fase de liquidación), los propios procedimientos penales abiertos e incluso los contenciosos también.

La ex secretaria de PESF está invocando también dicha sentencia del Juzgado 8 de lo Mercantil como cosa juzgada en el contencioso que nosotros mantenemos contra el Ayuntamiento por el proyecto de reparcelación, donde intenta una y otra vez personarse sin conseguirlo.

Es decir, sostiene la ex asesora del equipo de gobierno que actúa además como letrada de sí misma, que esa peculiar sentencia tiene efectos urbi et orbe hasta el extremo de pretender que el juzgado mercantil ya se ha pronunciado incluso sobre temas que solo están reservados lógicamente a los de la jurisdicción contenciosa o en su caso la penal.

Y en ese delirio obsesivo y compulsivo por tratar de contaminarlo todo con este particular argumentario, llega incluso a la conclusión de que dicha sentencia convalidó la adjudicación de los bienes a los socios en aquella junta, y quedó el Ayuntamiento como socio único y por lo mismo y desde entonces ya la sociedad no es insolvente (porque, según esta particular teoría el Ayuntamiento asumiría las deudas), el concurso (donde puede ser declarada culpable ella misma) ya no tendría sentido y los procedimientos penales tampoco porque ya no habrá delitos de administración desleal. E incluso las más de treinta sentencias ya firmes de los juzgados de los contencioso serían pura filfa porque a un simple juzgado de lo mercantil de Madrid no se le ocurrió anular el resto de los acuerdos de la junta de  junio de 2012. Pero olvidando u ocultando a todo el mundo, que dichos acuerdos fueron anulados luego por otra junta celebrada en 2013 y que, además, están siendo investigados en el juzgado de lo penal número 1 de Coslada por un presunto delito de alzamiento de bienes.

El Auto en cuestión de la Audiencia que ahora se ha conocido, no solo desmonta todo este descabellado argumentario utilizado en todo procedimiento en el que se ha personado o intentado personarse (que son en casi todos los abiertos), sino que viene a decir que ni la célebre junta de junio de 2012 ni la sentencia del juzgado 8 de lo mercantil, tienen virtualidad alguna sobre el concurso de acreedores.

El Auto, además, reprocha a los recurrentes que pretendan ignorar lo acordado en el concurso tratando de acomodarlo a su conveniencia, que hay una confusa desconexión entre los hechos y lo que se pide, que los concejales que promovieron el incidente (que fue rechazado de plano por el juez mercantil) no pueden representar al Ayuntamiento y, en fin, todo un duro alegato judicial contra lo que evidentemente era una temeraria iniciativa al servicio de un intento de exonerarse la propia ex secretaria. El Auto condena en costas al único apelante, que no es otro que CARFER 1959 SL, la empresa utilizada por Victoriano CUESTA para reclamar deudas a PESF SL por trabajos cuya realización están en cuestión y, además, está desparecida de su domicilio social desde hace varios años.

Nos tememos no obstante que los autores e impulsores de este estrepitoso fracaso incluidos los dos concejales que no se sabe bien qué pintan en este asunto, van a seguir dando la lata con esta  matraca  inasequibles al desaliento. Y, naturalmente, todo el despliegue informativo y de comparecencias en los medios para darle publicidad a sus pretensiones en su día, no es más que silencio y ocultamiento vergonzante ahora que ya hay un pronunciamiento judicial definitivo y que desmonta sin piedad todas las falacias en que se sustentaba el asunto.

Por eso, por el silencio que guardan ahora que ya un severo tribunal ha juzgado (esto sí que es cosa juzgada ya) y desmontado para siempre un absurdo relato promovido solo para tratar de satisfacer la exoneración de la ex secretaria y ex asesora del equipo de gobierno, es por lo que lo damos a conocer nosotros.

Pero ya no tienen muchas excusas ni darán cuenta al pleno. El mismo pleno de 16 de marzo de 2017 en el que el concejal no adscrito Jesús SÁNCHEZ presentó y defendió una moción que le habían preparado y que obtuvo solo tres votos de apoyo, pero cuya aventura ha acabado estrepitosamente estrellándose en una sección de la Audiencia Provincial.

De modo que por eso, porque todos los protagonistas de este sainete lo callan ahora, lo publicamos nosotros para general conocimiento.»

ASOCIACIÓN CÍVICO CULTURAL EL MOLINO DE SAN FERNANDO- Nº REG. CAM 15.548

 

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