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El PSOE de San Fernando de Henares denuncia: «El Ayuntamiento sin Secretario Municipal»
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El PSOE de San Fernando de Henares denuncia: «El Ayuntamiento sin Secretario Municipal»

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El PSOE de San Fernando de Henares, a través de un comunicado, denuncia que el ayuntamiento desde hace días no tiene Secretario Municipal. Según los socialistas, este es otro ejemplo más del caos provocado por el Equipo de Gobierno de Podemos en San Fernando de Henares. San Fernando de Henares, 12 de Abril-2018.- En el día de hoy había convocada Comisión Especial de Cuentas, dicha comisión se ha tenido que suspender una vez que, los grupos de la oposición han planteado que de haberse celebrado esta sería nula de pleno derecho, ya que desde hace días el ayuntamiento no tiene Secretario Municipal.«Desde el PSOE exigen a la alcaldesa, Catalina Rodríguez, que de manera inmediata tome las medidas necesarias para que esta situación se subsane ya que ella es la máxima responsable de esta situación»

El papel del Secretario Municipal es fundamental en el funcionamiento de un ayuntamiento, ya que este entre sus competencias tiene, por ejemplo:

Funciones de fe pública:
• La asistencia al Presidente del Pleno para asegurar la convocatoria de las sesiones, el orden en los debates y la correcta celebración de las votaciones, así como la colaboración en el normal desarrollo de los trabajos del Pleno y de las comisiones.
• La asistencia al Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local; y la remisión de las convocatorias a los miembros de esta.
• La redacción y custodia de las actas del Pleno, así como la supervisión y autorización de las mismas, con el visto bueno del Presidente del Pleno.
• El archivo y custodia de las convocatorias, órdenes del día y actas de las reuniones de la Junta de Gobierno Local.
• La expedición, con el visto bueno del Presidente del Pleno, de las certificaciones de los actos y acuerdos que se adopten por el Pleno.
• La comunicación, publicación y ejecución de los acuerdos plenarios.
• Velar por la correcta y fiel comunicación de los acuerdos de la Junta de Gobierno Local.
• La remisión a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid copia o, en su caso, extracto, de los actos y acuerdos del Pleno y de la Junta de Gobierno Local.
• Las funciones de Secretaría general de las Comisiones del Pleno; del Consejo Social de la Ciudad; de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones y del Pleno y Consejos de Distrito.
• La llevanza y custodia del Registro de Intereses de miembros de la Corporación.
• La formalización de los contratos en documento administrativo.
• La llevanza y actualización del Inventario de bienes y derechos.
• Las funciones de fe pública de los actos y acuerdos de los órganos unipersonales y las demás funciones de fe pública, salvo aquellas que estén atribuidas directamente al Concejal Secretario de la Junta de Gobierno Local y al Secretario del Consejo de Administración de las entidades públicas empresariales.

Funciones de asesoramiento legal:
• El asesoramiento legal al Pleno y a las Comisiones.
• Informar en las sesiones de los órganos colegiados a que asiste, y cuando medie requerimiento expreso de quien presida, acerca de los aspectos legales del asunto que se discuta, con objeto de colaborar en la corrección jurídica de la decisión que haya adoptarse.
• La emisión del informe jurídico previo a la aprobación de Reglamentos y Ordenanzas Municipales, Bases Generales para la concesión de subvenciones, cualquier tipo de convenio cuya aprobación corresponda al Pleno; y en los demás casos previstos en las leyes.

Otras funciones de la Secretaría General:
• Las funciones que la legislación electoral general asigna a los Secretarios de los Ayuntamientos.
• Llevar a cabo el seguimiento de la coordinación jurídico-administrativa de las distintas áreas y servicios municipales conforme a las medidas acordadas por el Consejo de Dirección Técnico-Administrativo.
• La dirección y supervisión del Registro General y de los Registros auxiliares; así como de los asuntos relativos al departamento de Estadística Municipal.
• Las demás funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal y en las leyes. Javier Corpa, secretario General local y portavoz municipal: «El Grupo Municipal Socialista manifiesta una vez más que la falta de organización interna es una constante del gobierno municipal de PODEMOS y perjudica al normal funcionamiento de la vida municipal; esta situación se suma a la desorganización de las aéreas municipales, no se cubren bajas ni jubilaciones y esto repercute negativamente en la prestación de servicios a la ciudadanía».

Y concluye Corpa, «Desde el PSOE por tanto,  exigimos a la alcaldesa Catalina Rodríguez que de manera inmediata tome las medidas necesarias para que esta situación se subsane ya que ella es la máxima responsable de esta situación».

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